Tributos

CALENDARIO DE COBRANZA 2023

Se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que se va a proceder al cobro de los recibos del ejercicio 2.023 por el

ORGANISMO AUTONOMO PROVINCIAL DE GESTIÓN TRIBUTARIA DE LA DIPUTACION PROVINCIAL (OAPGT),

correspondientes a los siguientes tributos:

Del  1 de marzo al 2 de mayo de 2023: (Cargo de los domiciliados 2 de mayo de 2023)

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

 

Del 1 de mayo al 5 de julio de 2023: (Cargo de los domiciliados 05/07/2023) Anuncio_2023-2421 aprobación padrones IBI Urbana, Rústica y BICES)

Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza Urbana (1er plazo 05/07/2023 y  2º plazo 05/10/2023 fraccionamiento especial IBI urbana 

Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica. 

Tasa por agua-alcantarillado 2º semestre 2022. Anuncio_2023-2422

 

Del  1 de septiembre 2023 al 31 de octubre de 2023. (Cargo de los domiliados el 20 de octubre de 2023).

Impuesto sobre Actividades Económicas Anuncio_2023-4748

Tasa por recogida domiciliaria de basura año 2023.Anuncio_2023-4734

Tasa por agua-alcantarillado 1er. semestre 2023. Anuncio_2023-4734

 

EL COBRO DE LOS RECIBOS DEL EJERCICIO 2023 CORRESPONDIENTES A LOS TRIBUTOS QUE SERÁN RECAUDADOS POR ESTE AYUNTAMIENTO SON LOS SIGUIENTES:

Del 1 de marzo al 2 de mayo de 2023 (cargo de los domiciliados: 03-04-2023).     

ANUNCIO COBRANZA 

Impuesto sobre gastos suntuarios

Tasa por instalación de cajeros automáticos en las fachadas de los inmuebles con acceso directo desde la vía pública.     

el 1 de septiembre al 2 de noviembre de 2023 (cargo de los domiciliados: 02/10/2023)

ANUNCIO DE COBRANZA TASAS VADOS Y CEMENTERIO 2023

Tasa por mantenimiento de cementerio.

Tasa por entradas de vehículos a través de las aceras.

Tasa por instalación de máquinas expendedoras en la vía pública.

LUGAR PARA EFECTUAR EL INGRESO DE LOS TRIBUTOS RECAUDADOS POR EL AYUNTAMIENTO: Oficinas del Ayuntamiento de El Carpio de Tajo, en horario de 9:30 a 13:30.

RECAUDACIÓN EJECUTIVA: El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber hecho efectivo su importe determina el inicio del periodo ejecutivo, con la exigencia de los intereses de demora; los recargos del 5%, 10% y 20%, y en su caso, de las costas del procedimiento de apremio, en los términos y condiciones establecidos en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.